Propiedad intelectual sobre los recursos genéticos: las formas de derecho y las leyes para la protección de las comunidades
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Resumen
En 1995, se estableció entre las negociaciones de la Ronda de Uruguay el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC). Este involucra a todos los países pertenecientes a la Organización Mundial de Comercio (OMC). Este acuerdo establece que los países miembros deben disponer derechos de propiedad intelectual para las nuevas variedades de plantas (obtenidas por el fitomejoramiento o la biotecnología). Estos derechos de propiedad son ventajosos, principalmente, para las corporaciones de los países industrializados. Por otra parte, los países en desarrollo, donde la biodiversidad es más abundante, han dispuesto legislaciones regionales y nacionales para la protección de los derechos de las comunidades sobre los recursos genéticos y el conocimiento tradicional. Este trabajo recoge las disposiciones existentes para la protección de los derechos de la propiedad intelectual de las variedades de plantas, como la ley de patente, los modelos de las actas de la UPOV de 1978 y 1991, las indicaciones geográficas y un modelo de sistema sui generis. Ofrece las bases de los acuerdos ADPIC y su confrontación con la Convención de la Diversidad Biológica. Resume los más importantes aspectos de diferentes leyes regionales o nacionales para la protección de los derechos de las comunidades.
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